Víctimas del conflicto colombiano, residentes en España, reclaman derechos

Por: Soraya Carvajal B./Camilo Zabala

Recientemente se constituyó en Madrid la Asociación Europea de Víctimas del Conflicto Armado Colombiano, Asevicom, organización que pretende aglutinar al mayor número de afectados por el conflicto residentes en España y conseguir la atención y reparaciones pertinentes por parte del Estado colombiano.

Ulpiano Rodríguez, Presidente de Asevicom, asegura que en España hay entre 80 y 90 personas que llegaron desplazadas por el conflicto interno colombiano y que el principal impulso para organizarse ha sido el abandono estatal que sienten las víctimas, pues aunque en varias ocasiones han sido entrevistadas por funcionarios de la Unidad de Víctimas y de la Defensoría del Pueblo de Colombia, hasta el momento no han recibido ningún tipo de compensación.

“Las personas que integramos la asociación estamos reconocidas como víctimas, figuramos en los listados del Registro Único de Víctimas (RUV) y estamos trabajando para que las ayudas y compensaciones a las que tenemos derecho, pronto se hagan efectivas. Además, estamos difundiendo la información para que la gente que salió desplazada de Colombia, habiendo puesto su situación en conocimiento de las autoridades nacionales, sepa que tiene plazo para inscribirse en los consulados de nuestro país hasta junio de 2015, a fin de que se les reconozca su condición de víctimas”, afirmó Rodríguez.

Ulpiano Rodríguez, Presidente de Asevicon
Ulpiano Rodríguez, Presidente de Asevicom

El representante de la Asociación señaló también que actualmente la situación de las víctimas residentes en el exterior es más visible porque la grave crisis económica que atraviesa España les ha dejado en una situación de mayor vulnerabilidad. “La mayoría de quienes vinimos desplazados a España estamos pasando por una situación bastante difícil, marcada por el desempleo y la falta de recursos, personalmente yo llevo 2 años en el paro y ya se nos han acabado las prestaciones sociales o ayudas en este país”.

Pero, aunque la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (Ley 1448 de 2011), establece distintas medidas de atención, asistencia y reparación para las personas reconocidas como víctimas del conflicto interno colombiano, Rodríguez afirma que, hasta ahora, ninguna de las personas residentes en España ha recibido la indemnización y tampoco han tenido la atención psicológica o psiquiátrica que establece la norma.

“Desde Asevicom estamos luchando y sumando esfuerzos para que se nos reconozcan lo más pronto posible esas ayudas para poder sobrevivir, porque estamos bastante mal”, puntualizó.

Y ante el posible cuestionamiento de quienes podrían calificarlos como “oportunistas” por reclamar compensaciones estatales, pese a llevar varios años viviendo en el exterior, Rodríguez es contundente en señalar que “cada uno maneja el miedo como puede, de acuerdo a sus circunstancias, pero hay que tener en cuenta que emigrar, salir del país, dejar toda tu vida y en muchos casos a tu familia no es fácil. Además, al venir a otro país hemos enfrentado problemas, hemos sufrido humillaciones y cuando hemos trabajado también hemos aportado al progreso de nuestro país, pues hemos enviado remesas a nuestros familiares, y no hay que olvidar que las remesas son un importante factor de financiación en Colombia”.

¿Qué dice la Ley de Victimas?

La complejidad de las circunstancias a las que se enfrentan las víctimas del conflicto armado dificulta el planteamiento y adopción de cualquier política que pretenda establecer mecanismos de atención y reparación, tanto por la suficiencia como por la efectividad en su definición e implementación.

En el caso del conflicto colombiano, paradigmático por su antigüedad y por las múltiples causas del mismo, las medidas adoptadas por el gobierno remiten a la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, que pretende dar cobertura integral y con carácter diferencial a quienes, individual o colectivamente, hayan sufrido daños por el conflicto armado, y que se articula en el marco de la política de Justicia Transicional, es decir, del conjunto de medidas judiciales y políticas destinadas a la reparación de las víctimas de violaciones masivas de derechos humanos.

De esta iniciativa legislativa destaca el alcance en cuanto a asistencia y reparación, pues entiende que el tratamiento de las consecuencias del conflicto exceden los aspectos estrictamente económicos; razón por la cual la eficiencia y eficacia de las medidas irían más allá de las indemnizaciones administrativas, que constituirían solo uno de los elementos del conjunto de mecanismos a incluir en el proceso de reparación.

Fuente: Plan Nacional de Atención y Reparación Integral de Víctimas
Fuente: Plan Nacional de Atención y Reparación Integral de Víctimas

Así, el procedimiento de reparación administrativa no se agota con la asignación de una indemnización económica, sino que se extiende a medidas orientadas a la restitución de tierras, al restablecimiento de las víctimas en el ejercicio de derechos, atención psicosocial y establecimiento de garantías de no repetición, de manera que las violaciones a los Derechos Humanos no vuelvan a suceder, entre otros alcances. De la misma manera, la norma recalca el carácter diferencial de género, minorías, infancia y discapacidad que permitirían calificar la situación de beneficiarios de las medidas.

Respecto a la reparación administrativa, la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras establece un procedimiento especial por medio del cual se evitaría: (i) que víctimas con derechos se queden por fuera del proceso de indemnización, y (ii) que personas sin derecho sean incluidas en el sistema injustamente. Para la implementación de la iniciativa la norma crea el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, SNARIV, que comprometido con criterios de descentralización, mediante 32 instituciones del orden nacional y otras instancias de orden territorial, tiene alcance departamental, distrital y municipal.

La Ley también establece una serie de elementos con base en los cuales define la condición de víctima, aspecto determinante a la hora de valorar las situaciones que permitan la calificación de los sujetos de derecho. No obstante, la acreditación de los daños sufridos atiende al principio de buena fe, con fundamento en el cual se libera a las víctimas de la carga probatoria de su condición, dando peso a la declaración y presumiendo la veracidad de la misma.

De esta manera, las herramientas del sistema se hallan integradas en la Red Nacional de Información para la Atención y Reparación a las Víctimas; el Registro Único de Víctimas (RUV), requisito para el acceso a las medidas de asistencia y reparación; el Registro de Tierras Despojadas; y el Plan Nacional para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, en el que se establecen los mecanismos necesarios para la implementación del conjunto de medidas.

En lo que se refiere a la situación de víctimas residentes en el extranjero, las garantías de no repetición contenidas en el literal j. del Artículo 149 la Ley 1448 de 2011 establecen que el Estado Colombiano adoptará la «j) Difusión de la información sobre los derechos de las víctimas radicadas en el exterior»; a la vez que en el Artículo 204 indica que «El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 30, garantizará que las víctimas de que trata la presente ley que se encuentren fuera del país sean informadas y orientadas adecuadamente acerca de sus derechos, medidas y recursos».

Para ello, la información del procedimiento aparece detallada en la web de la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas y se recoge en el documento «Orientaciones generales para colombianos/as víctimas en el exterior sobre el acceso a medidas de atención, asistencia y reparación el marco de la Ley 1448 de 2011«, a la vez que centra la atención primaria en los diferentes despachos consulares del país.

Finalmente, cabe mencionar que muchas de las medidas del proceso de acompañamiento y reparación integral a las víctimas se materializan específicamente en Colombia, pues son desarrolladas por el sistema institucional, en el marco de las competencias circunscritas al territorio nacional, lo que supondría, posiblemente, un difícil encaje con las reivindicaciones de las víctimas residentes en el exterior. De esta manera, estas posibles limitaciones plantean nuevos esfuerzos en la búsqueda de mecanismos que contribuyan al logro de la eficiencia y eficacia en materia de reparación.

16 comentarios en “Víctimas del conflicto colombiano, residentes en España, reclaman derechos

    1. Juan pablo

      Hola dama buena tarde,disculpa la molestia salí de Colombia como pude con mi hijo hace poco envíe por mi esposa con un préstamo q hice quedó mi hija… salimos por desplazamiento forzoso por las farc ahora último por extorsión llegamos acá a España con ganas de empezar de nuevo pero nos encontramos sin trabajo sin ayuda de nada y en una desesperada situación al saber q no conocemos de nada y para todo son papeles para poder trabajar …. tengo pruebas y documentos de desplazado,restitución de tierras y extorsiones… Le agradecería de antemano q debo hacer no esperaba tanta humillación acá pero no pierdo las esperanzas ni quiero regresar por ahora … De antemano le agradezco por la atención prestada.Dios t bendiga.

      1. Buenas tardes Juan Pablo,

        Gracias por leernos y ponerte en contacto con icuestiona.com.

        Ante tu inquietud respecto a las posibilidades de acogida en España de Víctimas del Conflicto armado colombiano, te sugiero ponerte en contacto directamente con el Consulado de Colombia en España (organismo encargado de la atención de las víctimas y que cuenta con asesoría jurídica) y también, con la Comisión de Ayuda al Refugiado, para que te orienten respecto a qué medidas tomar.

        https://madrid.consulado.gov.co/
        https://madrid.consulado.gov.co/ayuda/datos_contacto

        https://www.cear.es/donde-estamos/
        https://www.cear.es/

        Un saludo cordial.

  1. jacqueline gomez holguin

    llevo mas de 3 años de estar incluida en la unidad de victimas, la declaracion la hice en colombia en un corto viaje que hice y hace un año complemente algunos documentos y en septiembre del 2016 se puso en contacto conmigo una persona que lleva mi caso aqui en España y le envie los documentos que me pidio que son los que ya habia diligenciado hace un año en colombia y quiero saber si hay alguna manera de saber algo mas de mi caso puesto que me encuentro en una situacion economica delicada puesto que estoy embarazada y tuve que dejar de trabajar porque mi trabajo era peligroso para mi bebe y mi esposo gana poco dinero y tenemos a cargo una hipoteca, estoy un poco desesperada y me gustaria saber si puedo ir a algun sitio para agilizar mi proceso y poder tener acceso a la indemnizacion que me corresponda que seria un soplo de aire en mi situacion. De antemano gracias por su atencion. Un saludo.

    1. Estimada Jacqueline, gracias por su comentario. He sabido que actualmente el Consulado de Colombia en Madrid está convocando a los ciudadanos colombianos que hayan sido afectados por el conflicto interno y se encuentren interesados en los beneficios de la ley 1448 de 2012, para que se acerquen a sus instalaciones para solicitar información o rendir su declaración como víctimas, de lunes a viernes en el horario de 8:30 a 13:00 horas, sin cita previa. El plazo para este trámite vence el 10 de junio de 2017. También puede solicitar información sobre su caso particular a través del e-mail: cmadrid@cancilleria.gov.co
      Deseo que le den pronta respuesta y agradezco que me comente cómo avanza su proceso. Un saludo cordial.

  2. fulton

    hola soraya carvajal buenas noches yo estoy en la lista del confrito por medio de resolucion pero estoy aca en madri sera que que la enbajada me puede a lludar para poder trabajar aca ya que estoy desempleado gracias

      1. Oscar oswaldo perdomo

        Buenas tardes yo puedo pedir o hacer solicitud de agrupamiento ya q mi esposa y mis dos hijas q daron en colombia

  3. Mari

    Buenas tardes una pregunta si una persona es desplazada de Colombia ahora vive aquí en Madrid está ilegal y está trabajando pueden darle un permiso o algo para q este legal ? Lleva Un año más omenos

  4. Hola Johana. Gracias por leernos.
    Para obtener información y asesoría debes ponerte en contacto con el Consulado de Colombia en Madrid, que es el organismo encargado de la atención a víctimas del conflicto armado colombiano, residentes en España. En los siguientes enlaces tienes información adicional al respecto:

    http://www.colombianosune.com/especiales/ley-de-victimas.html
    http://www.cancilleria.gov.co/victimas
    http://madrid.consulado.gov.co/acerca/atencion_usuario

    Un saludo

  5. Sandro

    Yo tengo mi carta de desplazamitoforzado desde ase muchos años pero asta hora Noe recibido nada y en Valencia me fueron un correo electrónico q para q x ay solicitará mi ayuda q en 90 días me respondían y ya hace 8 meses y nada

    1. Hola Sandro, gracias por leernos.
      Te sugiero ponerte en contacto con el personal del Consulado de Colombia en Madrid y/o Valencia, pues ese es el organismo encargado de la atención a las víctimas en el exterior:
      cmadrid@cancilleria.gov.co
      colombianosune@cancilleria.gov.co

      También puedes consultar esta información, en caso de que te sea de utilidad:
      https://www.unidadvictimas.gov.co/

      https://madrid.consulado.gov.co/node/page/9064/atencion-victimas-del-conflicto-armado-residentes-exterior

      https://www.restituciondetierras.gov.co/inicio

      http://www.colombianosune.com/

      Un saludo cordial.

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